Comunidad universitaria señala la improcedencia de prorrogar el periodo rectoral
- sumario7redes
- 5 jun
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Quienes suscribimos, juristas universitarios por la legalidad, formados en el conocimiento del derecho y con un alto sentido de responsabilidad, levantamos la voz para reflexionar sobre la trascendencia de respetar y aplicar la ley, con el propósito de contribuir al mantenimiento del orden social, preocupados por el clima de ingobernabilidad que puede generar el proceso de sucesión rectoral en la Universidad Veracruzana. La designación del Rector(a) es un acto de mayor importancia para la vida universitaria, sujeta a dos condiciones: el apego irrestricto de la Junta de Gobierno al marco legal que establece el procedimiento, tiempos y formas, así como el margen de responsabilidad para quienes se aparten de la norma en su actuar; y la designación de la persona idónea no solo por sus méritos académicos y profesionales, sino destacada por su capacidad humana, honesta, prudente, honorable y ética en su conducta. El proceso de designación rectoral no debe estar cuestionado, pues ello deslegitima a quien conducirá el destino de la Universidad los próximos cuatro años, por lo que: - La falta de publicación de la convocatoria de consulta con que se inicia el proceso de designación (artículo 25 del Reglamento Interno de la Junta de Gobierno-RIJG); - No permitir que integrantes de la comunidad universitaria registren ante la Junta de Gobierno, a la persona propuesta para participar en el proceso de la designación rectoral (artículo 27 RIJG); y - Prescindir del proceso de auscultación a la comunidad universitaria (artículo 30 RIJG), Violentarían los principios de autonomía, legalidad, transparencia, imparcialidad, objetividad, integridad, probidad y máxima publicidad que rigen el proceso de designación (artículo 25 RIJG), se contravendrían las leyes orgánica y de autonomía, y expondrían a la Universidad Veracruzana a una inmerecida erosión institucional y legal. 2 Los miembros integrantes de la Junta de Gobierno, deben atender con sentido universitario el alcance de sus atribuciones legales, pues ninguna norma universitaria les faculta para designar ni prorrogar directamente al rector al margen del procedimiento legal citado. No corresponde al rector realizar la petición de una prórroga o ampliación de su mandato, su carácter, no le da potestad para interpretar la norma universitaria ni para inducir a la Junta de Gobierno, pues de hacerlo se violenta el principio de legalidad. La Universidad Veracruzana es más que un rector. La Universidad Veracruzana somos todos, y a todos nos corresponde velar por su integridad, su autonomía y la sujeción de sus actores al principio de legalidad. Seamos ejemplo de una designación rectoral transparente, neutral, democrática, legítima y legal.
Mantengamos en alto el honor de formar parte de la Universidad Veracruzana.
Dra. Ana Lilia Ulloa Cuéllar Dr. José Luis Cuevas Gayosso Dr. Manlio Fabio Casarín León Dra. Mireya Toto Gutiérrez Dr. Carlos Ruz Saldívar Dr. Julio César Arango Chontal Dra. Judith Aguirre Moreno Dra. Alejandra Verónica Zúñiga Ortega Mtra. Bertha Alicia Ramírez Arce Mtra. Natalia Vargas Silva Dr. Javier Castellanos Chargoy Dr. Octavio Ruiz Martínez Dra. Matilde Loyo Pérez Dr. Miguel Amores Pérez Dra. Maribel Luna Martínez Dr. Ramar Mendoza Díaz Dra. Adela Rebolledo Libreros Mtro. Antonio Barat Pérez Dra. M. Cristina Daniels Rodríguez Dra. Rebeca Elizabeth Contreras López Dra. Aleida Elvira Martínez Harlow Dra. M. Teresa Montalvo Romero Dr. Hermilo Francisco León Chaga Dra. Clara B. González Alarcón Dra. Austria P. Barradas Hernández Mtra. Marina Malpica López Dr. Dionisio E. Lagunes González Dra. María Eugenia Jerez Velasco Dra. Rosalba Hernández Hernández Dra. Adriana Morales García Dra. M. Alejandrina Ruíz Pimentel Roberto Ángel Medina Sanchez Mtro. Juan Pablo Luna Leal Dr. Martín Lozano Sánchez Dra. Nieves Aurora Casarín León Mtro. Mauricio Gutiérrez Moreno Dra. María Luisa Gutiérrez Montero Mtro. Miguel Ángel Hernández Correa Dr. David del Ángel Moreno Dra. Modesta L. Hernández Sánchez Lic. Mariana Morales Malpica Dra . Ana Brisa Oropeza Chávez




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